Mediante decreto 132 de 2020 se establece dar continuidad al aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas en el territorio Garzoneño, a partir de las cero (00:00 a.m.) del día 16 de julio de 2020, hasta las cero (00:00 a.m.) del día 01 de agosto de 2020.
Por Jhon Erick Villanueva
El presente decreto limita la circulación de vehículos en el territorio urbano y rural del municipio de Garzón de la siguiente manera: vehículos con placas terminadas en número par pueden circular desde las 06:00 am hasta las 06:00 pm cuando el día del calendario sea par; vehículos con placas terminadas en numero para impar pueden circular desde las 06:00 am hasta las 06:00 pm cuando el día calendario sea impar.
De igual forma se exceptúa de la medida anterior, los vehículos utilizados para el desplazamiento de personas en el marco de las actividades establecidas por el articulo 3ro del decreto 990 de 2020.
Asimismo, se prorroga la atención al público de manera presencial en todas las dependencias de la administración municipal.
Establecer la limitación de circulación de personas a través de la medida de pico y cedula para la regulación preventiva de circulacion de personas que se movilizan en el marco de las situaciones establecidas en el articulo 3ro del decreto 990 de 2020, de la siguiente manera:
LUNES 1-2
MARTES 3 – 4
MIERCOLES 5 -6
JUEVES 7 – 8
VIERNES 9 – 0
Decreto 132 de 2020 – Garzón Huila
https://garzonhuila.micolombiadigital.gov.co/sites/garzonhuila/content/files/000719/35932_decreto-132.pdf